martes, 10 de agosto de 2010

Cachiporristas!!

1. La prohibición de la práctica de las cachiporristas es una decisión colegiada, tomada por la Junta Directiva de la institución, según acuerdo número 4.6 de fecha 30 de junio de 2010.


La Junta Directiva del ISDEMU está integrada por: Doctora Vanda Pignato (Presidenta), Ministro y Viceministro de Justicia y Seguridad Pública, José Manuel Melgar Henríquez y Álvaro Henry Campos Solórzano; Ministra y Viceministra de Salud Pública y Asistencia Social, María Isabel Rodríguez y Violeta Menjívar Escalante; Ministro y Viceministro de Educación, Salvador Sánchez Cerén y Eduardo Badía; Ministra y Viceministro de Trabajo y Previsión Social, Victoria Marina Velásquez de Avilés y Calixto Mejía Hernández; Ministro y Viceministro de Agricultura y Ganadería, Guillermo López Suárez y Hugo Alexander Flores; Fiscal General de la República, Romeo Barahona; Procuradora General de la República, Sonia Elizabeth Cortéz de Madriz; Procuradora Adjunta de la República, María Lilliam Navarrete de Peraza y por cuatro representantes de Organismos No Gubernamentales Nacionales que promueven los derechos de las mujeres: Rhina Lilian Clará Salinas, Yanira Argueta, Ana Cleotilde Guevara y Ana Ruth Orellana Meléndez.

2. Esta medida tiene aplicación única y exclusivamente para los festejos cívicos de Centros Educativos regulados por el Ministerio de Educación en los que se involucren niñas y adolescentes cuyos derechos están tutelados en la Convención Internacional sobre los Derechos de la Niñez y por la Ley de Protección de la Niñez y Adolescencia (LEPINA).

3. El acuerdo 4.6 de Junta Directiva del ISDEMU no incluye la prohibición de la figura de madrinas de equipos deportivos ni de candidatas a reinas dentro de los Centros Educativos.

4. Esta medida NO APLICA ni pretende regular otras celebraciones como fiestas patronales, carnavales, desfiles bufos, marchas y otras celebraciones de índole privada o municipal, que están totalmente fuera del ámbito de las competencias del ISDEMU y de las Instituciones que forman parte de su Junta Directiva.

5. Esta prohibición no es una medida moralista ni está orientada a regular la forma de vestir de las mujeres salvadoreñas, simplemente va encaminada a promover un cambio cultural para avanzar hacia prácticas educativas no discriminatorias para las mujeres y hacia una recuperación del verdadero significado de las fiestas cívicas.

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